Dada la grave situación que se presenta en la Ciudad por la acumulación de basura y la precaria situación de la Empresa URBASER DE VENEZUELA C.A, tanto en la capacidad de personal, de equipos, atención a los usuarios, en fin, una larga lista de deficiencias en este servicio. CICAF como ente representativo de los Comerciantes, Empresarios y Prestadores de Servicios, y así como integrante de la Sociedad Organizada, se dirigió por escrito al Ciudadano Alcalde del Municipio Miranda Ing. Rabel Pineda Piña, en los términos siguientes:
Que la empresa (URBASER) ha incrementado exageradamente y de forma constante el costo del servicio de Aseo Urbano entre 250% y 500%, sin guardar este aumento relación alguna sobre la cantidad, volumen y peso de los desperdicios originados en las diferentes actividades comerciales del municipio y la calidad, frecuencia y efectividad de la contraprestación del servicio.
Que es prácticamente dictatorial la forma de cobro de este servicio dentro de la facturación de otro servicio como el de Energía Eléctrica, con lo cual la inconformidad de pago del Aseo Urbano acarrea el corte del servicio de Energía Eléctrica, no teniendo nada que ver uno con el otro.
Que es público y notorio el mal estado de las unidades recolectoras y compactadoras, así como las condiciones inseguras en las cuales laboran los empleados que prestan el servicio, falta de uniformes, guantes, mascarillas, botas e implementos de seguridad, etc.
Que muchos de estos trabajadores nos han expresado su malestar en materia de compromisos laborales por parte de la empresa (URBASER), ya que manifiestan no cobrar ni el Salario Mínimo, no tener ningún tipo de beneficios contractuales, ser contratados mensualmente para evadir el pago de sus prestaciones así como no estar amparados por el Seguro Social Obligatorio ni H.C.M., siendo su actividad laboral de “alto riesgo”.
Que es publico y notorio que el sistema de recolección de Desechos y Residuos Sólidos queda exclusivamente a criterio de la empresa (URBASER) ya que solo recolectan la Basura que ellos crean conveniente llevar, quedando en muchos casos desechos sólidos debidamente embalados pero que por ser material vegetal ó alguna cantidad de arena proveniente del propio barrido y limpieza de los hogares no recolectan.
Que es publico y notorio el hecho de que esta “empresa” ha venido incumpliendo con la calidad del servicio contratado en distintas entidades de la Republica Bolivariana de Venezuela, tales como: Aragua (Municipio Girardot), Bolívar (Caso Municipio Heres, en el que se le rescindió el contrato a URBASER), Carabobo (Caso zona Sur de Valencia), todo esto sin nombrar la cantidad de denuncias a nivel internacional que tiene esta empresa por el mal servicio prestado y el incumplimiento de las normativas laborales.
Que CICAF tiene serias dudas sobre el proceso de conformación de esta empresa (URBASER Venezuela, C.A.) y sobre los términos del contrato concedido por la alcaldía de Miranda en el que evidentemente se le causa un daño patrimonial a nuestro Municipio.
Que a pesar de que la LEY DE RESIDUOS Y DESECHOS SÓLIDOS, en su articulo 14 y muy especialmente el literal (d) del articulo Nº 56 de la Ley Orgánica de Poder Publico Municipal, otorga la competencia al Municipio para asegurar: (… la protección del ambiente y la cooperación en el saneamiento ambiental; la protección civil y de bomberos; y el aseo urbano y domiciliario, “incluidos los servicios de limpieza, recolección y tratamiento de residuos”…) y siendo publico y notorio que la empresa (URBASER) no realiza en la totalidad del municipio el servicio de barrido y limpieza de las calles y avenidas, aplicándolo solo al Casco Histórico de la ciudad, por lo que ha tenido que ser cubierto este servicio “obligación del municipio y el cual pagamos”, otros organismos regionales como FUNDAREGION, nuevamente en detrimento de los intereses de los ciudadanos del Municipio Miranda
Que en repetidas ocasiones (CICAF) le ha solicitado a la empresa (URBASER) las especificaciones técnicas para fabricar los contenedores de Basura, acordes con una ciudad en desarrollo y que la respuesta de (URBASER) ha sido que, de las pocas unidades recolectoras y compactadoras que posee ninguna tiene el sistema neumático para recolectar la basura de dichos contenedores, imprescindibles para zonas tan problemáticas como el “futuro” Corredor vial de la Av. Manaure.
Que la mayoría de los camiones compactadores y unidades recolectoras que utiliza (URBASER) fueron dados en “Comodato” a esta empresa y que la misma no aumentado la cantidad de unidades para mejorar el servicio de recolección de Residuos y Desechos Sólidos, nuevamente en detrimento de los intereses de los ciudadanos del Municipio Miranda.
Que el Municipio sigue pagando en “Subvención” ó “Subsidio” la diferencia de lo cobrado por la empresa (URBASER) y el precio del servicio aprobado por la Alcaldía, sin que la Contratada mejore la recaudación y la cantidad contribuyentes del servicio.
Que no existe en el Municipio una autoridad con poder de decisión para solucionar las problemáticas presentadas con el servicio por parte de la empresa (URBASER), además de no existir una oficina de atención al usuario acorde con lo dispuesto en el contrato de servicio.
Que es público y notorio las faltas en que ha incurrido la empresa (URBASER) muy especialmente en las contenidas en todos los literales del artículo 3, Capitulo X, del contrato de servicio.
Que todas las consideraciones nombradas resultan en la desmejora evidente de la calidad de vida de los ciudadanos del Municipio Miranda y se constituye en un riesgo a la salud pública.
En consecuencia dada la situación por demás grave que esta ocurriendo en esta Empresa, la Cámara Industrial, Comercial y Agrícola del Estado Falcón (CICAF) conciente de la responsabilidad que le toca asumir como organización, representante de la Sociedad Organizada y de los Empresarios, Comerciantes y Prestadores de Servicios en General:
Al ciudadano Alcalde del Municipio Miranda del Estado Falcón, Ing. Rafael Pineda Piña, la “INTERVENCIÓN” inmediata del servicio de Aseo Urbano, además de iniciar el proceso de revocatoria del CONTRATO DE SERVICIO DE ASEO URBANO Y DOMICILIARIO Y RECAUDACIÓN DE TARIFAS EN EL MUNICIPIO “MIRANDA” a la empresa (URBASER VENEZUELA; C.A).
Es justicia que esperamos a los veintiún (21) días del mes de septiembre del año Dos Mil Seis (2006).
Y agrícola del Estado Falcón
CICAF
Lic. Juan R Castellano
Presidente (e)
Pronunciamiento del SENIAT sobre la no obligatoriedad de indicar CANCELADO o PAGADO en Facturas……..
De acuerdo con criterio (doctrina) emanado de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del SENIAT, se precisó que los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado, no se encuentran en la obligación de colocar los términos “cancelado” o “pagado” en su facturación, toda vez que no existe normativa alguna que lo contemple. Asimismo, la inclusión del termino “cancelado” en las facturas, en ningún caso puede ser interpretado como la cancelación de la operación de que se trate, toda vez que el artículo 58 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, establece expresamente el procedimiento para emitir nuevas facturas en caso de que se dejen sin efecto las operaciones efectuadas.
Por otra parte la Gerencia advirtió, que los términos “cancelado” o “pagado”, son de uso frecuente dentro de las relaciones comerciales, en el entendido que la colocación en las facturas de cualquiera de estos términos, por parte de los comerciantes, debe interpretarse como la no existencia de deuda con el proveedor, por parte de los compradores de bienes o receptores de los servicios, de la operación documentada.
Es importante resaltar que la Gerencia General de Servicios Jurídicos es la única Gerencia competente para emitir criterios de carácter vinculante y de obligatorio cumplimiento para todos los funcionarios del SENIAT.
T I P S T I P S
ESTUDIANTES de la carrera de Economía Social de la UNEFA y Estudiantes de Comercio de la E.T.C Pedro Curiel Ramírez, visitaron la sede de CICAF con la finalidad de conocer sus funciones, intercambio de opiniones y se acordó con ambos la realización de Foros en fechas próximas
VISITANTES EN CICAF Saludamos la visita realizada a nuestra sede “CICAF” de la Rectora de la UNEFEM Dra. Elvira Gómez y su equipo profesoral para proyectar la nueva carrera “Gerencia Empresarial” y en la cual tendrán una participación activa representantes del empresariado como facilitadores.
ATENCION Información suministrada por la Gerencia de Tributos Internos del SENIAT Región Centro Occidental-Barquisimeto: las imprentas autorizadas para elaborar las Facturas Fiscales en Coro, únicamente son:
TECNO IMPRESOS SRL
LINOGRAFICAS LOPEZ C.A
TIPOGRAFIA RAMIREZ
ARTES GRAFICAS R.R. C.A.
TIPOGRAFIA FALCON C.A
TALLER DE IMP Y ENC. MIQUILENA
GRAFICAS MAX (MAX REYES)
Amigo empresario Contribuyente Ordinario del IVA cumple con la Providencia No. 320 y evita sanciones.
LA VOZ DE CICAF continua con su labor divulgativa de las actividades realizadas por la Cámara Industrial Comercial y Agrícola del Edo. Falcón, de orientación a los miembros, gremios, profesionales y al publico en general, que todos los sábados de 12 a 1:30 p.m. lo sintoniza por la emisora “Ligera 97.9 FM”. Hay que resaltar también la participación de instituciones publicas como Sanidad e Higiene de los Alimentos con la presencia del Lic. Omar Piña; también la presencia del Teniente del Cuerpo de Bomberos de Miranda, Pablo Zavala; con temas de interés empresarial y colectivo
TAMBIEN DE VISITA en CICAF el Director General de la Alcaldía del Municipio Autónomo Miranda Prof. Adrián Navarro, quien departió con la directiva de la Cámara y se intercambiaron y analizaron las diferentes preocupaciones entre otras: por la tardanza de la terminación del corredor vial de la Av. Manaure, el mal servicio de URBASER, la problemática del Cuerpo de Bomberos Municipal, el abandono de la Zona Industrial de Coro, la electricidad y otros temas de vital importancia que demuestran que CICAF está abierta a todas las relaciones institucionales en beneficio de nuestra región.
TASAS DE INTERES OFICIAL FIJADA POR EL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA
Fuente: Banco Central de Venezuela
PRESTACIONES SOCIALES
Tasa de Interés (%)
En Empresa En Banco
2.006
Enero 12,71 14,93
Febrero 12,76 15,04
Marzo 12,31 14,55
Abril 12,11 14,16
Mayo 12,15 12,47
Junio 11,94 13,83
Julio 12,15 14,50
Agosto 12,43 14,79
Septiembre 12,32 14,42